Nombre Cambio de medidor en estado provisional a medidor en estado permanente: Reubicación de un medidor instalado de forma provisional. Para atender este servicio JASEC generará una Orden de Trabajo (OT).
Formulario El trámite requiere formulario: Descargue el formulario aquí
Requisitos Generales
  • Llenar la solicitud correspondiente.
  • Original de la cédula de identidad del propietario (s), legible y vigente.
  • Documentación original de autorización del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos correspondiente según el servicio solicitado, o presentar el No. de Orden de Contrato (OC).
  • Todos los trámites son personales, de no poder realizarlo, deberá suministrar una autorización por escrito y proporcionar la copia de la cédula tanto del propietario como de la persona autorizada.

Servicios para personas jurídicas

  • Además de los requisitos generales de cada trámite, deberá adjuntar: Personería Jurídica con no más de un mes de emitida
Requisitos
  • Cumplir con los requisitos generales.
  • Boleta eléctrica original del CFIA o presentar el No. de Orden de Contrato (OC) de la Boleta.
  • Copia del último recibo cancelado al que desea realizar el cambio de provisional a permanente, o indicar el No. de Abonado al cual se le realizara el trámite.
  • En caso de que la propiedad tenga más de un derecho, debe aportar las autorizaciones de los copropietarios y sus respectivas copias de cédulas vigentes.
  • Aportar foto del medidor del trámite a realizar.
  • La certificación literal será descargada de la página del registro nacional por parte del funcionario de JASEC.

(*) JASEC se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento que sea necesario para respaldo del trámite.

Costo
  • ¢ 1.000,00 correspondientes al Cambio de Provisional a Permanente.
  • Cancelar el depósito de garantía, el cual se calcula según la carga declarada en el Sellado de Planos Eléctrico de conformidad con la normativa de ARESEP, así mismo se indica que el depósito de garantía podrá ser ajustado al consumo real que registre el cliente si JASEC lo considere necesario.
Plazo
  • 8 días hábiles prorrogables a 5 días más, a partir del momento que se active la OT.
Procedimiento
  • Realizar el trámite por medio de la Plataforma de Servicios Oficinas Centrales o vía correo electrónico [email protected])
  • El cliente debe cumplir con los requisitos técnicos de la norma de ARESEP (AR-NTACO) Para la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas, medidores de ocupación múltiple y otros, la cual se encuentra publicada en la página web www.jasec.co.cr, en la página de la Autoridad Reguladora o puede solicitarla en nuestra Plataforma de Servicios.
  • La calidad y estado de las instalaciones eléctricas internas residenciales, comerciales e industriales, son responsabilidad total del propietario del inmueble.
  • Si un servicio es rechazado por no cumplir con los requisitos técnicos, deberá realizar la mejora y posteriormente llamar al Centro de Gestión de Servicio al Cliente de JASEC, para reactivar la orden y se le programe una segunda visita por el personal técnico de JASEC.
Fundamento legal que lo rige
  • Aprobación de requisitos en Sesión Ordinaria de Junta Directiva N° 4655 el 27 de marzo del 2012. Publicado en el Diario Oficial la Gaceta N° 78 del lunes 23 de abril del 2012.
Para mayor información:
  • Centro de Gestión Atención al Cliente, Tel 2550-6800.
  • WhatsApp 8550-6800.