Nombre Este servicio se solicita cuando un cliente adquiere una propiedad la cual no posee servicio eléctrico, no puede exceder más de un año de haber sido retirado el servicio y este, está a nombre del antiguo propietario, lo cual obliga al nuevo propietario a poner el servicio a su nombre y solicitar reconexión. Para atender este servicio JASEC generará una Orden de Trabajo (OT).
Formulario El trámite requiere formulario: Descargue el formulario aquí
Requisitos Generales
  • Llenar la solicitud correspondiente.
  • Original de la cédula de identidad del propietario (s), legible y vigente.
  • Todos los trámites son personales, de no poder realizarlo, deberá suministrar una autorización por escrito y proporcionar la copia de la cédula tanto del propietario como de la persona autorizada.

Servicios para personas jurídicas

  • Además de los requisitos generales de cada trámite, deberá adjuntar: Personería Jurídica con no más de un mes de emitida.
Requisitos
  • Cumplir con los requisitos generales.
  • Debe aportar la información exacta del medidor que estaba instalado en esa propiedad como número de medidor o número de abonado y no debe tener recibos pendientes.
  • En caso de que la propiedad tenga más de un derecho, debe aportar las autorizaciones de los copropietarios y sus respectivas copias de cédulas vigentes.
  • La certificación literal será descargada de la página del registro nacional por parte del funcionario de JASEC.

(*) JASEC se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento que sea necesario para respaldo del trámite.

Costo
  • Cancelar el depósito de garantía, el cual se calcula según la carga declarada en el Sellado de Planos Eléctrico de conformidad con la normativa de ARESEP, así mismo se indica que el depósito de garantía podrá ser ajustado al consumo real que registre el cliente si JASEC lo considere necesario.
Procedimiento
  • Solicitar el servicio por medio de la Plataforma de Servicios Oficinas Centrales o vía correo electrónico [email protected].
  • Cumplir con los requisitos establecidos.
  • El funcionario de JASEC entregará al solicitante un Número de Orden de Trabajo (OT), el cual deberá ser colocado en un lugar visible, de no encontrarse esta boleta la OT podrá ser rechazada.
  • El cliente debe cumplir con los requisitos técnicos de la norma de ARESEP (AR-NTACO) Para la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas, medidores de ocupación múltiple y otros, la cual se encuentra publicada en la página web www.jasec.co.cr, en la página de la Autoridad Reguladora o puede solicitarla en nuestra Plataforma de Servicios.
  • Si un servicio es rechazado por no cumplir con los requisitos técnicos, deberá realizar la mejora y reactivar la orden.
  • La segunda visita que realice el personal de JASEC para instalar el servicio no tiene costo alguno.
  • Es importante indicar que las instalaciones residenciales, comerciales e industriales, la calidad y el estado de la instalación eléctrica interna es responsabilidad total del propietario del inmueble.
Fundamento legal que lo rige
  • Aprobación de requisitos en Sesión Ordinaria de Junta Directiva N° 4655 el 27 de marzo del 2012. Publicado en el Diario Oficial la Gaceta N° 78 del lunes 23 de abril del 2012.
Para mayor información:
  • Centro de Gestión Atención al Cliente, Tel 2550-6800.
  • WhatsApp 8550-6800.